Panamá | Corte Suprema declara inconstitucional el matrimonio homosexual

Dice la sentencia que “No pasa de ser una aspiración sin categoría de derecho humano ni fundamental”

La Estrella · 03 DE MARZO DE 2023 · 08:00

El fallo de la Corte es respaldado por la Iglesia Evangélica y Católica / EFE,matrimonio igualitario, Panamá
El fallo de la Corte es respaldado por la Iglesia Evangélica y Católica / EFE

“Hay una realidad, y es que, hasta ahora, el derecho al matrimonio igualitario no pasa de ser una aspiración que, aunque legítima para los grupos implicados, no tiene categoría de derecho humano y tampoco de derecho fundamental”, indicó la Corte en el fallo publicado este miércoles pero que había sido aprobado el pasado 16 de febrero por seis de los nueve magistrados del organismo.

El máximo tribunal mencionó, por otro lado, que no se han declarado inconstitucionales los artículos del Código que algunas parejas buscaban impugnar.

Al respecto, diferenciaron el matrimonio entre personas del mismo sexo del realizado entre hombre y mujer, explicando que apoyar el matrimonio natural “está objetiva y razonablemente justificado en el interés general de dar prevalencia a aquellas uniones con el potencial de instaurar familias, dar continuidad a la especie humana y, por ende, a la sociedad”.

Esta postura cuenta con un fuerte respaldo de la Iglesia Evangélica y Católica, así como de códigos internos de instituciones policiales y de bomberos.

Desde el Congreso Iberoamericano por la Vida y la Familia han declarado que “Esta argumentación claramente apegada al Estado de Derecho debe ser el criterio de las instituciones procuradoras de justicia y ciertamente de los organismos multilaterales que hoy se han convertido en promotores y aún activistas ideológicos.”

En Centroamérica, sólo Costa Rica permite desde 2020 los casamientos entre personas del mismo sexo tras una decisión de la Justicia que data de dos años antes.

 

Una sentencia que tardó 7 años

La Corte Suprema llevaba desde 2016 sin pronunciarse sobre varios recursos de inconstitucionalidad contra el Código de la Familia que sólo reconoce los matrimonios entre un hombre y una mujer.

Los recursos fueron presentados ante el Tribunal por varias parejas panameñas del mismo sexo con la esperanza de que sus matrimonios -celebrados y reconocidos legalmente en el exterior- también lo fueran en su propio país.

Sin embargo, la Corte respondió a ellos asegurando que “por más cambios que se sucedan en la realidad”, por ahora, el matrimonio igualitario “carece de reconocimiento convencional y constitucional” en Panamá y cerró, así, el debate -al menos para el futuro próximo-.

 

Rechazo de colectivos LGTBI

Esta decisión fue fuertemente criticada por varios sectores de la sociedad que abogan por “una mayor igualdad”. Según estos la Justicia panameña “ha rechazado así el reconocimiento a la dignidad de las parejas del mismo sexo y su derecho a formar familia en Panamá, esto es una burla en el Día Internacional de la No Discriminación”.

Por su parte, la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos, con sede en Washington, ya había solicitado a Panamá en varias oportunidades que diera el visto bueno a estas uniones ya que consideraba que su silencio violaba los derechos humanos de las personas LGBTI y las ponía en una situación “muy grave y dramática”

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